Servicio Integral de Mediación Familiar

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La mediación familiar es un procedimiento voluntario en el que uno o más profesionales con cualificación en mediación, imparciales y sin poder decisorio, ayudan y orientan a las partes en cuanto al procedimiento dialogado necesario para encontrar soluciones aceptables que permitan concluir su conflicto familiar. En este marco, se entiende por una mediación familiar integral la actuación coordinada con el resto de servicios del SVSS y con otros sistemas públicos orientados a la protección social, en todos los ámbitos necesarios para la atención de conflictos entre los miembros de una unidad familiar o convivencial.

Los conflictos atendidos desde el servicio integral de mediación familiar pueden ser:

  • Conflictos originados por la ruptura de la pareja, relacionados con: la atribución de la guarda y custodia de los y las hijas; la concreción de los diferentes aspectos a acordar en el marco de una custodia compartida; los tiempos de convivencia para el progenitor no custodio u otros/as familiares; las pensiones alimenticias; la atribución del uso de la vivienda; la pensión compensatoria; y cualquier aspecto relacionado con pautas educativas, convivenciales, de atención a los hijos e hijas, etc., susceptibles de ser abordadas desde la mediación.

  • Conflictos familiares no vinculados a la ruptura de pareja, asociados a: problemas convivenciales con hijos e hijas mayores de edad; la atención y cuidado de personas adultas en riesgo o situación de dependencia por sus familiares; conflictos de carácter inter-generacional, convivenciales o no; otras situaciones familiares susceptibles de ser abordadas desde la mediación.

Quedan excluidos de la mediación familiar los casos en los que exista violencia o maltrato sobre la pareja, hijos/as o cualquier miembro de la unidad familiar, o cualesquiera otras actuaciones que puedan ser constitutivas de ilícito penal.

Sus objetivos son:

  1. Ofrecer un espacio neutral que permita el diálogo entre aquellas personas que son protagonistas de un conflicto familiar.

  2. Responsabilizar a las personas involucradas en el conflicto familiar para que mantengan el control sobre las consecuencias de sus actuaciones y un mayor compromiso como protagonistas del conflicto, en lugar de delegar la capacidad y responsabilidad de la toma de decisiones en terceras personas.

  3. Favorecer la toma de decisiones consensuadas en los procesos de ruptura y fomentar la coparentalidad.

  4. Facilitar el proceso de aceptación de la ruptura y la adaptación a la nueva situación.

Prestaciones

  1. Mediación.

  2. Valoración de seguimiento.

Población destinataria

Situación: Personas en situación de conflicto familiar o convivencial.

Edad: Sin límites de edad.

Requisitos de acceso
Administrativos

  1. Estar empadronada al menos una de las personas implicadas en el conflicto familiar en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

  2. Existir entre las personas implicadas en el conflicto un vínculo conyugal o de naturaleza análoga al mismo, o un vínculo familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad, adopción o afinidad.

De necesidad

  1. Existir un conflicto familiar o convivencial que verse sobre materias de Derecho privado respecto a las cuales el ordenamiento jurídico vigente reconoce a las personas interesadas la libre disponibilidad o, en su caso, la posibilidad de ser homologadas judicialmente.
  2. 2.Requerir una intervención profesional que facilite la adopción de acuerdos y evite el recurso a la vía judicial.
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